Este servicio permite realizar la autoliquidación de la tasa referenciada de acuerdo con las indicaciones del servicio de Medio Ambiente.
Destinatario
Cualquier persona física o jurídica que desee autoliquidar cualquier concepto de esta Tasa.
Requisitos
De acuerdo con los datos facilitados por servicio de Medio Ambiente.
Plazos
La autoliquidación deberá abonarse en el plazo que se indica en la misma y antes de la presentación de la solicitud/inscripción, cuando proceda, en el Registro General de Entrada/Sede Electrónica
El artículo 26.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos señala que "los registros electrónicos se regirán a efectos de cómputo de los plazos imputables tanto a los interesados como a las Administraciones Públicas por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible".
Asimismo, el artículo 6.2 j) del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre de 2009, por el que se desarrolla parcialmente dicha Ley, establece que las sedes electrónicas indicarán la fecha y hora oficial a los efectos previstos en el artículo 26.1 de la Ley 11/2007.
En cumplimiento de ambas disposiciones se ofrece la fecha y hora oficial de este organismo.