Autoliquidación Tasa celebración matrimonios civiles
Autoliquidación tasa matrimonios civilesUbicación
Carpeta Tributaria del Ayuntamiento de Jumilla.
Descripción ampliada
Este servicio permite realizar la autoliquidación de la tasa referenciada.
En algunos casos es necesaria la presentación, en el Registro General de Entrada/Sede Electrónica, de una solicitud indicando el servicio que se requiere.
En estos casos, recuerde que una vez realizada la autoliquidación y su posterior abono, deberá presentar el justificante del pago y el resto de la documentación exigida para el trámite oportuno en el REGISTRO GENERAL/SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO. Puede acceder a la información de los distintos trámites en "Servicios relacionados con la ciudadanía" (https://jumilla.sedipualba.es)
En estos casos, recuerde que una vez realizada la autoliquidación y su posterior abono, deberá presentar el justificante del pago y el resto de la documentación exigida para el trámite oportuno en el REGISTRO GENERAL/SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO. Puede acceder a la información de los distintos trámites en "Servicios relacionados con la ciudadanía" (https://jumilla.sedipualba.es)
Destinatario
Cualquier persona física que desee autoliquidar cualquier concepto de esta Tasa.
Requisitos
Consultar en Alcaldía presentación solicitud/inscripción REGISTRO GENERAL/SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO junto al abono de la autoliquidación
Plazos
La autoliquidación deberá abonarse en el plazo que se indica en la misma y antes de la presentación de la solicitud/inscripción, cuando proceda, en el Registro General de Entrada/Sede Electrónica
Documentos relacionados
Tipo de tramitación
En línea - No requiere autenticación