Autoliquidación por expedición de documentos y tramitación expedientes
Autoliquidación Tasa expedición documentos y tramitación expedientesUbicación
Carpeta Tributaria del Ayuntamiento de Jumilla.
Descripción ampliada
Este servicio permite realizar la autoliquidación de la Tasa referenciada.
En algunos casos es necesaria la presentación, en el Registro General de Entrada, de una solicitud
indicando el tramite o documento que se requiere .
En estos casos, recuerde que una vez realizada la autoliquidación y su posterior abono, deberá presentar el justificante del pago y el resto de la documentación exigida para el trámite oportuno en el REGISTRO GENERAL/SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO. Puede acceder a la información de los distintos trámites en "Servicios relacionados con la ciudadanía" (https://jumilla.sedipualba.es)
En estos casos, recuerde que una vez realizada la autoliquidación y su posterior abono, deberá presentar el justificante del pago y el resto de la documentación exigida para el trámite oportuno en el REGISTRO GENERAL/SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO. Puede acceder a la información de los distintos trámites en "Servicios relacionados con la ciudadanía" (https://jumilla.sedipualba.es)
Destinatario
Cualquier persona física o jurídica que desee autoliquidar cualquier concepto de esta Tasa.
Requisitos
Deberá presentar la documentación que se estime oportuna para acreditar su derecho.
Plazos
La autoliquidación deberá abonarse en el plazo que se indica en la misma y antes de la presentación de
la solicitud y documentación, cuando proceda, en el Registro General de Entrada/Sede Electrónica.
Documentos relacionados
Tipo de tramitación
En línea - No requiere autenticación